RESICO Persona Moral vs Régimen General

Diferencias entre el RESICO PM (Título VII Cap. XII LISR) y el régimen general del Título II.

Recomendación: RESICO PM si todos los socios son PF y los ingresos no rebasan $35M; ventaja: flujo de efectivo y deducciones aceleradas. Régimen general si hay socios PM o se rebasan los topes.

Comparativo lado a lado

DimensiónRESICO PMRégimen General PM
Quiénes puedenSólo socios PF, ingresos < $35MCualquier PM
Determinación ISRFlujo de efectivo (cobrado-pagado)Devengado con ajuste anual
Tasa ISR30%30%
Pagos provisionalesMensuales con utilidad determinadaMensuales con coeficiente de utilidad
Activos fijosDeducción acelerada (porcentajes mayores)Tablas Art. 34-35 LISR
PTU10% sobre utilidad fiscal10% sobre utilidad fiscal

Preguntas frecuentes

¿Puedo entrar a RESICO PM si tengo un socio que es S.A.?

No: el Art. 206 LISR exige que todos los socios sean personas físicas.