IVA en frontera (8%) vs IVA general (16%)

Decreto de Estímulos Fiscales Región Fronteriza Norte/Sur: cuándo aplica el 8%, requisitos y comparación con la tasa general.

Recomendación: Aplica 8% sólo si el contribuyente y el cliente reciben el bien/servicio dentro de la región fronteriza acreditada en RFC, y el contribuyente tiene la autorización vigente del SAT.

Comparativo lado a lado

DimensiónIVA frontera 8%IVA general 16%
Tasa8% (50% del 16%)16%
CoberturaMunicipios fronterizos norte y sur acreditadosResto del país
RequisitosAviso al SAT + domicilio fiscal en zonaSin requisitos especiales
VigenciaDecreto DOF prorrogado periódicamentePermanente (LIVA)
Operaciones excluidasBienes intangibles, hidrocarburos, etc.Sólo las del Art. 9 LIVA

Preguntas frecuentes

¿Cómo solicito el estímulo de frontera?

Aviso 24/CFF en el portal SAT durante el primer mes del año (o 30 días después de iniciar actividades). Se renueva automático mientras conserves los requisitos.

¿Aplica si vendo a un cliente fuera de la frontera?

No: la entrega del bien o prestación del servicio debe ocurrir dentro de la región.