Arrendamiento PF: deducción ciega vs deducciones reales
Las personas físicas con ingresos por arrendamiento pueden optar por una deducción sin comprobantes (35%) o sumar deducciones reales (Art. 115 LISR).
Recomendación: Ciega si tus gastos son bajos (< 35% de la renta) o no quieres conservar comprobantes. Real si tienes hipoteca, mantenimiento mayor o pagas predial alto.
Comparativo lado a lado
| Dimensión | Deducción ciega 35% | Deducciones reales |
|---|---|---|
| Comprobantes | No requeridos | CFDI por cada gasto |
| Predial | Adicional, con comprobante | Incluido |
| Cuándo se elige | Anual; permanece todo el ejercicio | Anual; permanece todo el ejercicio |
Preguntas frecuentes
¿Puedo aplicar diferente opción por inmueble?
No: la opción es por contribuyente y aplica a todos sus inmuebles.