IVA del 8% en frontera norte y sur: cómo aplicarlo correctamente
Requisitos, plazos y trampas comunes del estímulo fiscal de IVA en regiones fronterizas.
El estímulo de IVA al 8% aplica a contribuyentes inscritos en el padrón, con domicilio en la región fronteriza, que cumplan los requisitos del decreto y conserven sus comprobantes con la leyenda correspondiente.
¿Quiénes pueden aplicar la tasa del 8%?
Contribuyentes con domicilio fiscal o sucursal en la región fronteriza norte o sur, inscritos en el Padrón de Beneficiarios del estímulo.
Requisitos
- Solicitar inscripción dentro de los 30 días posteriores al inicio.
- Tener firma electrónica vigente.
- No estar en listas del SAT por incumplimiento.
Cómo se aplica
- En cada CFDI usar tasa 8% en lugar del 16%.
- Conservar la documentación que demuestre que la operación se realizó en la región.
Cuidado
- Algunos giros (intermediación, comisión, hidrocarburos, etc.) están excluidos.
- Operaciones digitales pueden caer en la regla del 16% según el lugar del consumidor.
Preguntas frecuentes
¿Aplica para servicios prestados en CDMX a clientes de Tijuana?
No, lo determinante es el lugar donde se materializa el servicio o entrega del bien.