Carta Porte 3.1: cuándo es obligatoria
Quiénes deben emitirla y qué información lleva.
Todo traslado de mercancías por vías generales requiere Carta Porte. Desde 2024 se exige también para movimientos locales con cierto valor.
¿Quién la emite?
- Transportistas que mueven mercancía propia o ajena.
- Propietarios cuando trasladan con vehículos propios.
Datos clave
- Origen y destino con código postal.
- Mercancías con clave SAT, peso y unidad.
- Distancia recorrida.
- Datos del operador y vehículo.
Sanciones
No emitirla puede generar multas y considerar la mercancía como contrabando.
Preguntas frecuentes
¿Aplica para envíos por paquetería?
El proveedor de paquetería emite la Carta Porte; tú emites el CFDI de ingreso o egreso correspondiente.