Carta Porte 3.1: cuándo es obligatoria

Quiénes deben emitirla y qué información lleva.

Todo traslado de mercancías por vías generales requiere Carta Porte. Desde 2024 se exige también para movimientos locales con cierto valor.

¿Quién la emite?

  • Transportistas que mueven mercancía propia o ajena.
  • Propietarios cuando trasladan con vehículos propios.

Datos clave

  • Origen y destino con código postal.
  • Mercancías con clave SAT, peso y unidad.
  • Distancia recorrida.
  • Datos del operador y vehículo.

Sanciones

No emitirla puede generar multas y considerar la mercancía como contrabando.

Preguntas frecuentes

¿Aplica para envíos por paquetería?
El proveedor de paquetería emite la Carta Porte; tú emites el CFDI de ingreso o egreso correspondiente.